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Consulado del Perú en Vancouver

Cónsul Javier Pella Plenge

El Estado peruano protege y defiende los derechos fundamentales de sus nacionales, tanto dentro como fuera del Perú. Al respecto, el Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de cumplir con esta función a través de sus Oficinas Consulares, las que velan por la observancia de dichos derechos en el exterior, en concordancia con los Acuerdos Internacionales, las normas del país de acogida y la legislación peruana. El Consulado del Perú en Vancouver fue fundado el 23 de octubre de 1893.

El Cónsul Javier Pella Plenge es Ministro en el Servicio Diplomático del Perú, Bachiller en Economía por la Universidad del Pacífico y cuenta con una maestría en Diplomacia y Relaciones Internacionales por la Academia Diplomática del Perú. Ha servido en las embajadas del Perú en Bolivia y Países Bajos.

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FAQs

Q Cómo podemos inscribir el nacimiento de nuestro hijo nacido en Canadá, en el Consulado?

La inscripción del nacimiento de su hijo, se realizará en el Consulado cuya circunscripción contenga el Estado donde ocurrió el nacimiento. Los menores nacidos en la Provincia de Quebec y las provincias marítimas de Canadá deberán realizar el procedimiento en el Consulado General del Perú en Montreal.
Si los padres son casados pueden registrar el nacimiento viniendo ambos o uno de ellos con la partida de matrimonio peruana en original o la Constancia, también en original, del Registro de Matrimonio expedida por el Consulado peruano. Además de la partida de nacimiento original expedida por el Registro de Estado Civil de Quebec del menor.

Q Mi hijo de padre y/o madre peruanos nació en Canadá, puede tener la nacionalidad peruana?

Sí, siempre y cuando registre el nacimiento en el Consulado, trayendo una partida de nacimiento original expedida por el Registro de Estado Civil de Vancouver del menor.

Q Cómo debo proceder para que mi hijo que vive en Perú, venga a visitarme?

Deberá salir del Perú con una "Autorización de Viaje de Menor" otorgada por ambos padres ante Notario Público o autoridad competente. En el caso que uno de los padres, se encuentre fuera del Perú, éste deberá otorgar la Autorización de Viaje de Menor en cualquier oficina consular peruana, de manera tal que el menor deberá salir con dos autorizaciones de viaje, una por cada padre.
*Nota: la autorización de viaje tiene una validez de 30 días desde su fecha de emisión.

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